Los resultados de las elecciones nos demuestran que cada año que pasa sin que se implementen en Colombia cuotas de género en las listas de los partidos políticos, es un retroceso en la carrera por lograr una igualdad real entre hombres y mujeres.
Solo las cifras de candidaturas femeninas evidencian que algo anda mal. En promedio el 17% de los casi 70 mil aspirantes, eran mujeres. Para Alcaldía 578, frente a 4.060 hombres; 12 inscritas para las Gobernaciones compitieron contra 139 hombres. Para el Concejo solo el 17,9% y para las Asambleas el 14.7% de los candidatos eran mujeres. Cifras que arrojan pobres resultados: solo una mujer gobernadora, 7 alcaldesas de ciudades capitales, y solo el 15.81% de los Concejos.
Este año conmemoramos el aniversario número 50 del voto femenino. Y El regalo de cumpleaños fue tener el tercer índice más bajo de participación femenina en Latinoamérica, por debajo de países como Guatemala, Costa Rica o República Dominicana.
En este sentido, aprobar el Acto Legislativo que busca abrir la puerta para que Colombia tenga una Ley de Cuotas, no es un capricho. Por el contrario, hace realidad la finalidad de un Estado de derecho de garantizar los derechos y libertades. Uno de ellos es la igualdad, definida en el artículo 13 de nuestra Constitución.
Cuando hablamos de cuotas de género, es necesario hacer un “test de razonabilidad”. Es decir, preguntarnos si es o no razonable y proporcional el proyecto para establecer un trato desigual, para realizar acciones afirmativas. Comprende tres preguntas: si los medios escogidos son adecuados para la consecución del fin perseguido; si no existe otro medio menos oneroso que pueda conducir al fin y la proporcionalidad, es decir, que el principio satisfecho no sacrifique principios constitucionalmente más importantes.
¿Que si los medios son adecuados? Sí. La libertad de Partidos, consagrada en la Constitución hoy no permite implementar la obligatoriedad de las cuotas. Por eso hay que limitarla y la única vía es la reforma a la constitucional
¿Si el trato diferenciado es “adecuado”? Sí. Cuando las listas tienen un mayor número de mujeres, éstas obtienen mayor representación. Por ejemplo, en las elecciones al senado el Partido de la U inscribió el más mujeres -23% de la lista-, y tuvo la mitad de las curules femeninas -6-, mientras que el Partido Conservador, que inscribió únicamente tres mujeres, de 53 candidatos al senado, no obtuvo ninguna.
¿Se sacrifican valores Constitucionales? No. Solo se abre un espacio obligatorio para que los partidos integren más mujeres en sus listas a corporaciones públicas.
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